Impuesto a la minería de carbón impactará a pequeños productores: Fedecarbón
La medida pone en riesgo sectores industriales clave, como la generación de energía, cemento y acero, que dependen del carbón.Redacción legis
17 de Febrero de 2025
La Federación Nacional de Productores de Carbón (Fenalcarbón) expresó su preocupación sobre el Decreto 175 del 2025, promulgado en el marco de la conmoción interior por la situación de orden público en El Catatumbo. La organización considera que esta medida forma parte de una estrategia del Gobierno nacional que pone en riesgo la competitividad de los carbones colombianos, tanto en el mercado interno como en las exportaciones. Según Carlos Cante, presidente de Fenalcarbón, el nuevo tributo afecta a todos los sectores de la minería de carbón, sin distinguir entre grandes, medianos y pequeños productores.
El nuevo impuesto, que grava tanto los carbones térmicos como los metalúrgicos, tiene un alcance que va más allá de la gran minería. Cante asegura que al imponer esta carga fiscal sin diferenciar el tamaño de los productores se generarán efectos negativos en la mediana y pequeña minería del interior del país, quienes también deberán afrontar este tributo. Este enfoque, según la Federación, representa un obstáculo para la sostenibilidad de estos sectores. (Lea: Gobierno decreta tres nuevos impuestos amparado por la conmoción interior en El Catatumbo)
Fenalcarbón también advierte sobre las consecuencias del impuesto en diversas industrias colombianas que dependen del carbón. Entre ellas se incluyen sectores como la generación de energía, la producción de ladrillo, cemento y acero, que verán un aumento en sus costos debido a la nueva carga tributaria. La Federación sostiene que el impacto no solo se limitará a los productores de carbón, sino que se expandirá a otras áreas de la economía nacional, complicando aún más la competitividad de estos sectores.
El principal temor de Fenalcarbón radica en la interpretación técnica del tributo, que podría no ser un monotributo, es decir, un impuesto que se paga una sola vez dentro de la cadena productiva. En cambio, si el tributo es pagado en dos ocasiones, cuando el comercializador no coincide con el productor, el impacto sería aún mayor, afectando la viabilidad económica de las empresas involucradas en la comercialización del carbón.
Finalmente, la Federación recalca que este impuesto no se limita a los 90 días establecidos por la conmoción interior, sino que se extenderá hasta finales del 2025. Esto representa una barrera adicional para la pequeña minería, que verá limitadas sus oportunidades de mover, comercializar, industrializar y exportar tanto los carbones térmicos como los metalúrgicos, afectando su desempeño en el mercado nacional e internacional.
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