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Los plazos para pagar tributos aduaneros no determinan la fecha de causación (9:00 a.m.)

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23 de Septiembre de 2013

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Los plazos que el usuario aduanero debe cumplir para pagar sus tributos no determinan la fecha de causación, señaló la Sección Cuarta del Consejo de Estado. En el caso en estudio, la sala concluyó que la causación no estaba sometida a la condición resolutoria pactada en un contrato de leasing, pues los impuestos aduaneros se causan por la introducción de los bienes al territorio nacional, independientemente de que por cumplimiento de la condición resolutoria pactada en el contrato de leasing tales bienes hayan tenido que reexportarse (artículo 157 del Decreto 2685 de 1999) (C. P. Hugo Fernando Bastidas).

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