Integrantes del Consejo Nacional Asesor de Lenguas Nativas deben ser colombianos de nacimiento y hablar la lengua que representan (10:33 a.m.)
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22 de Mayo de 2012
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Por medio del Decreto 1003 del pasado 16 de mayo, el Ministerio de Cultura reglamentó el artículo 24 de la Ley 1381 del 2010, por el cual se crea el Consejo Nacional Asesor de Lenguas Nativas. De acuerdo con la norma, para ser elegido consejero, cuya elección es por el término de cuatro años, se requiere ser colombiano de nacimiento y hablar o tener conocimiento de la lengua nativa que se representa y/o tener trayectoria en su promoción. Así mismo, corresponde a la Dirección de Poblaciones del ministerio revisar los documentos presentados por los grupos étnicos, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos e informar la aceptación o la solicitud de confirmación.
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