Ingresos por ventas de más del 50 % de la producción a vinculados económicos se determinan por operaciones comparables (11:11 a.m.)
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15 de Abril de 2013
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El supuesto de vinculación económica previsto en el numeral 9º del artículo 450 del Estatuto Tributario, relacionado con la venta a una misma empresa o empresas vinculadas entre sí del 50 % o más de la producción, busca que los ingresos se determinen con base en los precios y/o márgenes de utilidad en operaciones comparables con o entre independientes, señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Esta es la razón de la remisión que hace el artículo 260 ibídem, por lo que los precios podrían estar distorsionados.
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