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Inexequible destinación del IVA sobre telefonía móvil para deporte y cultura (11:41 a.m.)

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05 de Marzo de 2012

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La destinación que se le daba al IVA sobre la telefonía móvil para la promoción y el desarrollo del deporte y la cultura fue declarada inexequible por la Corte Constitucional. En decisión dada a conocer mediante comunicado de prensa, la Corte invalidó estas disposiciones tributarias, contenidas en los artículos 10º y 11 de la Ley 1393 del 2010, por estar dentro de una ley para remediar la crisis del sistema de salud. Según la doctrina constitucional, el incorporar normas ajenas al contenido central de una ley es desconocer el principio legislativo de la unidad de materia. En efecto, la Corte constató que no se podían destinar unos impuestos a materias como el deporte y la recreación dentro de una ley que buscó afrontar la emergencia social en salud de finales del 2009 y comienzos del 2010. Al declararse inexequibles las disposiciones de la Ley 1393 del 2010, la Ley 1379 del mismo año retomó su vigencia, que le destinaba esta contribución al fomento de las bibliotecas públicas (M. P. Gabriel Mendoza Martelo).

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