Fijan reglamento aplicable a cintas retrorreflectivas para vehículos y sus remolques (11:35 a.m.)
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04 de Marzo de 2013
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El Ministerio de Comercio adoptó los requisitos técnicos de desempeño y seguridad que deben cumplir las cintas retrorreflectivas para uso en vehículos automotores y sus remolques que se fabriquen, importen o comercialicen en el país. El reglamento aplica a las cintas clasificadas dentro de la subpartida del arancel de aduanas 3919.10.00.00. Además, se establecieron los requisitos mínimos de etiquetado, embebido, muestreo y los requisitos técnicos específicos, tales como numerales y ensayos aplicables. Por último, señaló que la DIAN ejercerá las actuaciones que le correspondan con respecto al cumplimiento del reglamento, en virtud de su potestad aduanera, y la Superintendencia de Industria se encargará de controlar y hacer cumplir las disposiciones. Finalmente, el ministerio precisó que no se permitirá la importación o comercialización de los productos si no se cumplen los requisitos establecidos.
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