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Exención de IVA de la Ley 191 de 1995 para compras hechas por turistas extranjeros en zonas de frontera fue derogada (3:18 p.m.)

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21 de Agosto de 2013

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Por medio de concepto del pasado 22 de mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales hizo un recuento sobre la normativa tributaria, cambiaria, inversión extranjera, laboral y de seguridad social que ha expedido en materia de zonas de frontera. En materia tributaria, recordó que, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, por la cual se dictan disposiciones sobre zonas de frontera, las compras de bienes muebles y servicios hechas por visitantes extranjeros con tarjeta fiscal vigente, en los establecimientos de comercio ubicados en las unidades especiales de desarrollo fronterizo estarían exentas del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, no precisó que esta norma fue modificada y, a su vez, derogada por los artículos 70 y 198 de la Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria).

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