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Erogaciones por siembra de árboles no son descontables de renta

Los beneficios tributarios favorecen únicamente a los sujetos pasivos que se subsumen dentro de las hipótesis reguladas.
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27 de Junio de 2023

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Las erogaciones en que incurren las empresas en desarrollo del programa de siembra de árboles de que trata el artículo 6 de la Ley 2173 del 2021 no son descontables del impuesto sobre la renta, precisó la Dian.

 

De acuerdo con esta disposición, todas las medianas y grandes empresas debidamente registradas en Colombia deberán desarrollar un programa de siembra de árboles en las zonas establecidas, el cual se incorporará dentro de las medidas de gestión ambiental empresarial. Deberán sembrar mínimo dos árboles por cada uno de sus empleados.

 

La entidad recordó que los beneficios tributarios son de creación legal, taxativos, limitados, personales e intransferibles, teniendo en cuenta que se dirigen a favorecer únicamente a los sujetos pasivos que se subsumen dentro de las hipótesis reguladas.  

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