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Actualizado hace 9 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Entrega en portería de dirección informada por contribuyente no hace ineficaz notificación

13 de Diciembre de 2023

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Entrega en portería de dirección informada por contribuyente no hace ineficaz notificación (Freepik)

Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o verificaciones tributarias, emplazamientos, citaciones, resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones administrativas deben notificarse personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente.

Cuando se trate de la notificación por correo, el acto objeto de notificación debe enviarse a la última dirección informada por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante en el RUT.

Esto por cuanto es un deber del contribuyente o declarante registrar la información de ubicación en esa base de datos y mantenerla actualizada, sin perjuicio de los casos en que reporte una dirección para efectos procesales o deba notificar los actos a la dirección del apoderado que aparece en el RUT, cuando se actúa a través de este.

En el caso analizado por el Consejo de Estado se determinó que con ocasión de la investigación adelantada en contra de la demandante, la administración tributaria expidió el requerimiento ordinario de información notificado por correo enviado a la dirección registrada en el RUT, con sello de recibido de “Oficina de Correspondencia Zona Franca”, como consta en la guía.

Para la Sala, la administración notificó en debida forma el requerimiento especial en la dirección registrada en el RUT de la demandante, por lo que la entrega en la portería de la zona franca no hace ineficaz la notificación por correo, y recordó su criterio expuesto en oportunidades anteriores, “cuando se trata de oficinas ubicadas en propiedad horizontal en la que exista una portería los envíos postales sean entregados a la persona encargada de atender dicha portería”. (C. P.: Milton Chaves García).

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