Entidades descentralizadas son agentes de retención del impuesto sobre las ventas, si la participación estatal supera el 50% (9:27 a.m.)
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23 de Diciembre de 2010
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La calidad de agente de retención del impuesto sobre las ventas prevista en el numeral 1 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario para las entidades descentralizadas directas e indirectas y las demás personas jurídicas en las que el Estado tiene participación está determinada por un porcentaje de aporte estatal superior al 50%, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por lo tanto, si no se presenta dicho porcentaje, las respectivas entidades no serán agentes, sin perjuicio de ostentar la calidad en los demás eventos contemplados en el citado artículo 437-2.
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