Devolución de IVA en la adquisición de bienes para el montaje de sistemas de control y monitoreo requiere acreditar la destinación (3:04 p.m.)
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09 de Febrero de 2010
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Cuando se presenta la solicitud de devolución del impuesto sobre las ventas pagado al vendedor, en la adquisición de equipos y elementos nacionales o importados destinados a la construcción, instalación, montaje y operaciones de sistemas de control y monitoreo, con posterioridad a la realización de la operación de venta del bien excluido, el vendedor responsable puede reintegrar el impuesto haciendo los ajustes contables a que haya lugar, junto con las pruebas y la solicitud aportadas para el efecto, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El artículo 424-5 del Estatuto Tributario, norma que establece la devolución mencionada, indica que el interesado debe certificar la destinación de los bienes ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
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