Declaran constitucional norma sobre competencia de Minagricultura para asumir temporalmente administración y recaudo de contribuciones parafiscales (8:30 a.m.)
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01 de Diciembre de 2016
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En el comunicado de la Sentencia C-644 del 2016, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la habilitación conferida al Ministerio de Agricultura para asumir temporalmente la administración y recaudo de contribuciones parafiscales, cuando la entidad administradora no esté en condiciones de garantizar el cumplimiento de las reglas y políticas que rigen su ejecución, no desconoce el principio de reserva legal tributaria ni el derecho al debido proceso. Razón por la cual la alta corporación judicial declaró la exequibilidad de los incisos tercero y cuarto del artículo 106 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. Vale la pena decir que los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Eduardo Mendoza y Gloria Stella Ortiz Delgado Gloria Stella Ortiz se apartaron de la decisión mayoritaria, toda vez que, en su concepto, los incisos demandados debían ser declarados inexequibles, por infringir varios principio del ordenamiento jurídico superior (M.P. Alejandro Linares Cantillo).
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