Declaran constitucional norma que ampara financiación de cuerpos de bomberos por parte de aseguradoras (10:28 a.m.)
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16 de Agosto de 2013
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La Corte Constitucional declaró exequible la norma que permite que compañías aseguradoras financien a los cuerpos de bomberos (artículo 53 parcial de la Ley 1575 del 2012). La disposición establece que los ramos de hogar, incendio, terremoto, minas y petróleo deben aportar al Fondo Nacional de Bomberos un 2 % de la liquidación sobre el valor de las pólizas. Para el alto tribunal, es una contribución parafiscal que no vulnera el principio de generalidad de los impuestos, ni la prohibición constitucional de rentas nacionales de destinación específica. Adicionalmente, tuvo en cuenta que la contribución proviene del sector que se beneficia de las actividades que despliegan los cuerpos de bomberos a favor de la comunidad. Los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Alberto Rojas y Luis Ernesto Vargas salvaron el voto. La Procuraduría, a su turno, había coincidió con la posición mayoritaria de la Sala Plena, que solicitó declarar constitucional la norma (M. P. María Victoria Calle).
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