Declaración de exportación puede corregirse, si existe una circunstancia excepcional justificada (3:41 p.m.)
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12 de Septiembre de 2014
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Según el parágrafo del artículo 336 del Decreto 2685 de 1999, es viable solicitar la corrección de la declaración de exportación por error en el valor, siempre que la circunstancia excepcional esté justificada y comprobada plenamente y, además, se trate de cambiar el precio o cantidad de las mercancías declaradas por razones diferentes a la fluctuación en el comportamiento del mercado o siniestros ocurridos después del embarque, afirmó el Consejo de Estado. Por otra parte, el alto tribunal explicó que la dirección procesal es especial, porque es la escogida por el contribuyente para que la administración le dé a conocer las decisiones o actuaciones, por ende, ella prevalece sobre la indicada para notificar por correo las liquidaciones oficiales, esto es, la última dirección informada en el Registro Único Tributario (C. P. Martha Teresa Briceño).
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