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Corte Constitucional dio a conocer texto del fallo que respaldó la imposición del IVA a leches de crecimiento y la exención a leches maternizadas (9:48 a.m.)

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10 de Septiembre de 2010

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La Corte Constitucional dio a conocer recientemente el texto del fallo que declaró exequibles apartes de los artículos 420 y 477 del Estatuto Tributario, en los que se establece la exención del impuesto al valor agregado (IVA) a las leches maternizadas. El demandante indicó que esta medida desconocía el principio de igualdad, toda vez que no se incluían en esas exenciones las leches de crecimiento. La corte recordó cuándo la potestad tributaria del Congreso debe ser limitada y la naturaleza indirecta de este impuesto. Con fundamento en varios estudios de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el alto tribunal concluyó que no es claro ni científicamente aceptado que las leches de crecimiento sean necesarias e insustituibles por la leche entera de vaca. Por el contrario, las leches maternizadas o la leche concentrada o no, con o sin adición de endulzantes o edulcorantes, sí son productos de consumo necesarios para los niños de dos a cinco años, por lo que deben estar exentos del IVA (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).

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