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Contratos de arrendamiento de inmuebles con entidades públicas están sujetos a la tarifa general de IVA (11:30 a.m.)

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10 de Abril de 2013

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Teniendo en cuenta que los contratos de arrendamiento de inmuebles suscritos con entidades públicas no cuentan con una previsión diferencial o especial en materia de impuesto sobre las ventas, están sujetos a la tarifa general del 16 % establecida en el artículo 468 del Estatuto Tributario, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En todo caso, la entidad recordó que el régimen del tributo aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas es el vigente a la fecha de la resolución o acto de adjudicación del respectivo contrato.

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