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Tributario


Inexequible norma que determina aportantes de contribución parafiscal de fomento al turismo

El proyecto de ley debió comenzar a tramitarse en la Cámara de Representantes y no en el Senado, pues se trataba de un asunto tributario.
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30 de Septiembre de 2013

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Las empresas operadoras de servicios de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad, las asociativas de redes de vendedores multinivel de servicios turísticos y los guías ya no serán aportantes de la contribución parafiscal de fomento al turismo, contenida en el artículo 16 de la de la Ley 1558 del 2012.

 

La Corte Constitucional declaró inexequible esta norma, por vicios en su formación. Según el alto tribunal, el proyecto de ley debió comenzar a tramitarse en la Cámara de Representantes y no en el Senado, porque se trataba de un asunto tributario.

 

La Procuraduría General de la Nación había pedido la constitucionalidad del artículo demandado, porque, en un principio, la iniciativa no tenía esa característica, la cual se incluyó en las etapas posteriores a su presentación.

 

Los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas salvaron el voto.

 

(Corte Constitucional, Comunicado (Exp. D-9542 y D-9547), sep. 25/13)

 

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