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Consejo de Estado respalda norma que regula causación contable del impuesto al patrimonio (12:00 p.m.)

90431

12 de Agosto de 2013

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado negó la nulidad de algunos apartes del parágrafo transitorio del artículo 1º del Decreto 514 del 2010, relacionados con la causación contable del impuesto al patrimonio. A juicio del alto tribunal, la intención del Gobierno no fue cambiar la causación fiscal, sino crear una medida transitoria para que el pago de las cuotas del impuesto que se causaran fiscalmente en el año 2011 se pudieran registrar por cuotas exigibles en el respectivo periodo. Según la sentencia, la norma se ajusta a derecho porque se expidió con fundamento en los artículos 50 y 2035 del Código de Comercio, disposiciones que facultan al Gobierno para reglamentar cómo debe registrarse contablemente, de manera transitoria, el impuesto y fijar una excepción a la regla de la causación contable por el impacto económico que habría tenido la Ley 1370 del 2009 en las empresas (C. P. Hugo Fernando Bastidas).

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