Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Consejo de Estado aclara cómo opera el silencio administrativo positivo en materia aduanera (3:36 p.m.)

93649

26 de Diciembre de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Para que opere el silencio administrativo positivo en materia aduanera, no basta que se sobrepase el término de 30 días que señala el artículo 512 del Decreto 2685 de 1999, precisó la Sección Primera del Consejo de Estado. A su juicio, tratándose del procedimiento para definir la situación jurídica de mercancías, no es suficiente con que la administración exceda el plazo señalado para expedir la resolución de decomiso, pues también se requiere, para efecto de la devolución de la mercancía, la previa presentación y aceptación de la declaración de legalización, cancelando los tributos aduaneros correspondientes (C. P. Marco Antonio Velilla Moreno).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)