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Sociedad de intermediación aduanera debe verificar existencia de sus clientes (11:37 a.m.)

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30 de Julio de 2012

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Las sociedades de intermediación aduanera (SIA) están obligadas a verificar la existencia de sus clientes y la información que estos proporcionan sobre sus negocios, para establecer si sus actividades son lícitas o no. Así lo indicó la Sección Primera del Consejo de Estado, al recordar que la SIA tiene la calidad de auxiliar de la función pública aduanera y, por tanto, de ella se espera una gestión impecable, ya que de lo contrario debe asumir sus responsabilidades. De ese modo, el artículo 22 del Decreto 2685 de 1999, antes de ser modificado por el Decreto 2883 del 2008, dispuso que la SIA debe responder por la veracidad y la exactitud de los datos consignados en las declaraciones de importación. En el caso concreto, el alto tribunal endilgó la responsabilidad a una sociedad que presentó dichas declaraciones a nombre de una empresa ficticia, porque violó el deber de colaboración con la función pública aduanera (C.P. María Elizabeth García).

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