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Tributario


Existencia de zona franca pierde ejecutoria, si no hay disponibilidad de terreno

La DIAN indicó que, en estos casos, el acto administrativo no podría ser ejecutado.
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09 de Octubre de 2014

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El requisito de disponibilidad de terrenos que no sean de propiedad del usuario operador que solicita la declaratoria de existencia de zona franca debe ser, como mínimo, el mismo de la autorización, recordó la DIAN.

 

Por lo tanto, aunque el artículo 392-12 del Decreto 2685 de 1999 permite reducir el área declarada, siempre que no se afecte el límite mínimo de 20 hectáreas, si el fundamento de hecho desaparece, es decir, los terrenos ya no están jurídicamente disponibles, la autorización no podría ser ejecutada.

 

En este caso, indicó la entidad, operaría la figura de perdida de ejecutoriedad del acto administrativo prevista en el artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011), según el cual los actos no pueden ser ejecutados cuando sus efectos son suspendidos provisionalmente o cuando desaparecen los fundamentos de hecho o de derecho.

 

(DIAN, Cpto 40932, Jul. 11-14)

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