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Categorización de actividades económicas específicas es parámetro de medición admisible para establecer tarifas impositivas (8:35 a.m.)

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20 de Agosto de 2013

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La categorización de actividades económicas específicas es un parámetro de medición admisible para establecer las tarifas del impuesto respecto de tales sujetos pasivos, señaló el Consejo de Estado, máxime cuando se trata de “usuarios potenciales” que tienen una condición distinta a las de los demás beneficiarios o receptores del servicio de alumbrado público. En este sentido, el alto tribunal decidió no anular los acuerdos en los que el municipio de Girardot estableció el impuesto de alumbrado público y sus elementos, al considerar que el concejo municipal no excedió sus facultades constitucionales (artículo 338) en materia tributaria (C. P. Martha Teresa Briceño).

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