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Aportes parafiscales no son un tributo, pero inciden en la declaración de renta del empleador (8:00 a.m.)

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19 de Marzo de 2015

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 108 del Estatuto Tributario, los empleadores tienen que estar a paz y salvo en el pago de aportes parafiscales para que les sea aceptada la deducción por salarios en la declaración de renta del respectivo año gravable, por lo que no son, en estricto sentido, un tributo, sino que tienen incidencia en el ámbito tributario, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En cuanto a las obligaciones fiscales que se derivan de los contratos de prestación de servicios, indicó que tanto el literal b) del artículo 420 del Estatuto Tributario como el Decreto 1372 de 1992 establecen el impuesto sobre las ventas en la prestación de servicios en general, cuya base gravable será el total de la operación, según lo establecido en el artículo 447 ibídem.     

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