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Tributario


Desembolsos de crédito que realizan los fondos de empleados están exentos del GMF

El desembolso del crédito y las operaciones necesarias para acreditar los recursos en la cuenta del deudor se deben entender como una sola operación, explicó la DIAN.
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02 de Diciembre de 2011

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Los desembolsos de crédito efectuados por los fondos de empleados se benefician de la exención del gravamen a los movimientos financieros (GMF) prevista en el artículo 4º del Decreto 660 del 2011, precisó la DIAN.   Esta norma establece que el desembolso del crédito y las operaciones necesarias para acreditar los recursos en la cuenta del deudor se deben entender como una sola operación, efectuada por los establecimientos de crédito y las entidades vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, sin agregar ninguna especificación o restricción.   Por lo tanto, la disposición cobija los desembolsos hechos por los fondos de empleados, las asociaciones mutualistas y todas las formas asociativas solidarias que cumplan los requisitos legales, en los términos de la Ley 454 de 1998.   (DIAN, Concepto 205 (79170), oct. 11/11)

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