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Tributrario


DIAN fija condiciones para presentar información exógena del 2016

La información debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios Informáticos de la DIAN y haciendo uso del mecanismo de firma digital.
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04 de Noviembre de 2015

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La Dian expidió la Resolución 0112, por medio de la cual define las reglas para presentar la información exógena correspondiente a la vigencia fiscal 2016 por parte de personas naturales y jurídicas y de entidades públicas y privadas (Lea: Este sería el calendario tributario para el 2016)

 

Así, entre los obligados a presentar dicha información están las entidades financieras, bolsas de valores, cámaras de comercio, cooperativas, fondos de empleados y grupos empresariales (Lea: El Código Tributario).

 

De otro lado, en cuanto a las cámaras de comercio, estas entidades tienen que reportar sobre las sociedades cuya creación o liquidación hayan registrado (Lea: Modifican condiciones para presentar información con relevancia tributaria)

 

Así mismo, Los grandes contribuyentes reportarán su información entre el 28 de marzo y el 10 de abril del 2017, mientras que las personas jurídicas y naturales entre el 18 de abril y el 16 de mayo del 2017.

 

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Resolución 0112, Oct. 29/15)

 

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