Columnista on line
Las TIC en la lucha contra la corrupción
23 de Marzo de 2017
Natalia Ospina Díaz
Abogada especialista en Derecho Informático y Nuevas Tecnologías
www.abogadotic.co; @NODAbogada
En la lucha contra la corrupción, las tecnologías de la información y comunicación (TIC) sirven como herramienta para reducir las barreras en el acceso a la información pública. Desde el 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce el acceso a la información pública como un derecho fundamental y la misma categoría le reconoce el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Constitución Política.
En Colombia, la consagración del derecho al acceso a la información pública no solo es constitucional, hoy tiene desarrollo normativo, mediante la Ley 1712 del 2014 y reglamentación en el Decreto Único Reglamentario 1081 del 2015.
Lo anterior indica que cuando hablamos de acceso a la información pública no hablamos de cualquier derecho o un derecho menor, hablamos, ni más ni menos, para el buen entender de todos los ciudadanos, del ejercicio mismo de la democracia.
Se trata de un derecho que se desarrolla en doble vía: en cuanto a las entidades públicas, nos referimos al deber de “suministrar a quien lo solicite, información clara, completa, oportuna, cierta y actualizada, sobre su actividad” (Sent. C-274/13), y en cuanto a los ciudadanos, nos referimos al derecho a acceder a la información sin más restricciones que las reservas consagradas en la normativa.
Al lado de los planteamientos clásicos expuestos anteriormente, encontramos las TIC dispuestas a servir a la finalidad última de garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Con ayuda de las TIC se crean procedimientos de publicación, se estandarizan formatos de visualización, se permite el tratamiento de los datos publicados, se automatiza y se permite el acceso a la información sin restricciones o “filtros burocráticos”.
Estas funcionalidades de la tecnología se reflejan en los modelos de gobierno abierto, que se estructuran como política pública y se fundamentan en la apertura de datos, permitiendo así el acceso a la información pública sin censura, en formatos estructurados y estandarizados. Se permite a los ciudadanos acceder, usar, tratar, procesar la información y, además, crear modelos innovadores que ayuden a resolver necesidades públicas.
El modelo de gobierno abierto viene implementándose por el Gobierno colombiano dentro de la estrategia de Gobierno en Línea y bajo los lineamientos generales que dicta el hecho de que el país pertenece a la Alianza para Gobierno Abierto. Sin embrago, el proceso ha sido lento, a pesar de que el Decreto 2573 del 2014 establece que el componente “TIC para Gobierno Abierto” de la estrategia Gobierno en Línea debía estar al 100 % para el 2016, al tiempo que, el año pasado, se reportó apenas un avance de poco más del 50 % en las entidades del orden nacional.
La demora anterior no es prueba fehaciente, pero sí un indicio de que la cultura organizacional de las entidades públicas se incomoda con la publicación “sin tapujos” de la totalidad de la información. Es más, en las entidades que han avanzado en el tema se ve, por ejemplo, como con orgullo algunas de ellas publican el presupuesto y su detalle de gasto año vencido “sin entender” que esta es una acción que claramente desincentiva y no promueve la participación ciudadana y el control en tiempo real de lo que actualmente el modelo de Gobierno Abierto, a nivel universal, entiende por rendición de cuentas.
Es importante saber que la tecnología ayuda a posicionar al ciudadano en el ejercicio democrático. Para hacer esto realidad, es deber del estado, y Colombia lo ha cumplido, crear un sistema o plataforma (www.datos.gov.co) para la publicación de información de forma estructurada, pero, ciertamente, también es su deber usarlo y promocionarlo como herramienta ciudadana.
No es una tarea fácil. El deber de poner a disposición de la ciudadanía información veraz, oportuna, adecuada y reusable impone una responsabilidad a las entidades, las cuales responden ante los ciudadanos no solo por la publicación, sino por la calidad y la veracidad de lo publicado.
Por último, no se trata de publicar datos básicos, se trata de publicar toda la información relacionada con la actividad de la entidad, tal y como lo indicó la Corte Constitucional, y como se establece en la Ley 1712 del 2014. Desde este punto de vista, estamos esperando que se haga realidad el acceso a la información con ayuda de las TIC, de tal forma que se empodere al ciudadano, haciéndolo parte del control sobre las acciones de los gobernantes, visibilizando así la corrupción. Esperemos que esto no se quede en un indicador de Gobierno en Línea, sino que pase de los números a la realidad.
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