Recolección de imágenes a través de sistemas cerrados de televisión está sujeta a la Ley de Hábeas Data (9:00 a.m.)
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08 de Octubre de 2013
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La finalidad de la videovigilancia es garantizar la seguridad de bienes o personas en determinados lugares. Sin embargo, las imágenes que se recogen a través de estos sistemas son datos personales, de acuerdo con la definición prevista en el literal c) del artículo 3º de la Ley 1581 del 2012 (Ley de Hábeas Data), según la cual se trata de cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. Por lo tanto, dicha norma es aplicable a la recolección de imágenes a través de sistemas cerrados de televisión. Así lo indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, en reciente concepto.
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