Proveedores de redes y servicios de comunicaciones deben informar a las autoridades conductas delictivas (4:20 p.m.)
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04 de Julio de 2013
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Aunque el artículo 36 de la Resolución 3066 del 2011, relacionado con la prevención de fraudes en servicios de comunicaciones, reiteró de manera idéntica lo que disponía el artículo 40 de la Resolución 1732 del 2007, adicionó un parágrafo en el que consagró el deber de los proveedores de redes y servicios de informar a las autoridades competentes su conocimiento respecto a conductas fraudulentas o delictivas, en concordancia con el deber constitucional que tienen todos los ciudadanos. Así lo señaló la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en concepto de abril.
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