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Lista sentencia que declara constitucional el régimen sancionatorio en materia de TIC (10:57 a.m.)

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15 de Febrero de 2016

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La Sala Plena de la Corte Constitucional publicó recientemente el texto de la sentencia  en la  que se resolvió la demanda D-10872, donde se acusaba el artículo 44 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, Ley 1753 del 2015, relacionado con las sanciones en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC). Según la demanda de inconstitucionalidad, no existía una conexión teleológica entre el instrumento demandado y los objetivos, estrategias y metas que se pretenden obtener a través del PND del Ejecutivo. Por consiguiente, la alta corporación resolvió la exequibilidad de la disposición atacada al determinar que no se vulneraron los artículos superiores 158 y 339 de la Constitución Política de 1991. Al respecto, enfatizó que la adopción o fortalecimiento del régimen sancionatorio por infracciones que afectan el sector de las (TIC) constituye una norma instrumental del plan de desarrollo que guarda conexidad con los pilares de la paz y la equidad, “es claro que la adopción o fortalecimiento de un régimen sancionatorio aplicable por la comisión de infracciones que afectan al mencionado sector, contribuye de manera cierta al avance y desarrollo de las TIC”, concluyó la jurisprudencia constitucional (M.P. Alejandro Linares Cantillo).

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