Esta es la ley que beneficia a emisoras y canales comunitarios
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15 de Diciembre de 2020
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Por única vez, los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora comunitario y de interés público y los operadores del servicio de televisión comunitaria podrán acogerse a un descuento del 100 % de la deuda a su cargo por obligaciones pendientes de pago por conceptos de capital, sanciones e intereses, a favor del Fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones, causadas hasta la fecha de expedición de la ley que el Gobierno sancionó ayer 14 de diciembre. La norma advierte que estas condiciones especiales no tendrán aplicación sobre los procesos judiciales que se encuentren en curso. Igualmente, como medida de reactivación económica para mitigar los efectos de la pandemia, el fondo podrá girar a las sociedades de gestión colectiva, con personería jurídica y autorización de funcionamiento otorgada por la Dirección Nacional de Derechos de Autor, los valores que adeuden a estas sociedades, por concepto de derechos de autor y conexos. Por su parte, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones reglamentará las condiciones y el monto máximo de recursos para ser girados por ese concepto. Así mismo, la cartera reglamentará las demás disposiciones dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la ley.
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