Disposiciones relacionadas con la solidaridad y la denuncia de los contratos de telefonía fija ya no son aplicables (8:05 a.m.)
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30 de Noviembre de 2010
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La solidaridad legal en los contratos de telefonía fija, prevista en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, entre el propietario del inmueble, el suscriptor y los usuarios del servicio, ya no es aplicable, pues dicha disposición fue derogada por la Ley 1341 del 2009. Por lo tanto, las disposiciones relacionadas con la solidaridad y la denuncia del contrato, recogidas en el Régimen de Protección de los Derechos de los Usuarios de Telecomunicaciones (Resolución 1732 del 2007), no son aplicables, desde la entrada en vigencia de la ley mencionada. Así lo precisó la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en concepto reciente.
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