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Definen protocolos de bioseguridad para los centros de comercio electrónico

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11 de Mayo de 2020

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A través de la Resolución 735, el Ministerio de Salud estableció los protocolos de bioseguridad para las diferentes actividades del comercio electrónico, con el fin de garantizar la protección a trabajadores, empleadores y familias frente a los riesgos que representa el covid-19. El protocolo va dirigido a centros de llamada, de contacto, de soporte técnico, de procesamiento de datos y de servicios compartidos, incluidos los business process outsourcing, así como a los servicios domiciliarios, mensajería y plataformas digitales. Su vigilancia y cumplimiento estará a cargo de la secretaría municipal o distrital. Por ejemplo, se establece que se debe disponer de un dispensador de alcohol glicerinado por cada 25 empleados en un área designada, de modo que se pueda hacer una adecuada higiene de manos, así como garantizar el cumplimiento del distanciamiento físico en zonas comunes que no debe ser inferior a los dos metros.

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