Jefes inmediatos pueden crear grupos de Whatsapp desde números particulares para emitir órdenes de rápido cumplimiento
06 de Septiembre de 2023
Durante la duración de la emergencia sanitaria mundial, derivada de la propagación del covid 19, con el fin de mantener el contacto de los servidores públicos con sus compañeros y jefes inmediatos se consideró viable acudir a herramientas tecnológicas que permitieran dicha comunicación.
En ese sentido, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, para implementar efectivamente el trabajo en casa se hizo necesario el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), dentro de las cuales está Whatsapp, aplicación para teléfonos inteligentes que permite enviar mensajes escritos, notas de voz, imágenes, videos y realizar llamadas, entre otras funciones.
La Corte Constitucional, en Sentencia T-574 del 2017, manifestó que se trata de una plataforma de mensajería instantánea que permite crear grupos en los que participan las personas que el usuario elija (familia, compañeros de trabajo, universidades, entre muchos otros), cuya administración está a cargo de uno o varios de sus integrantes, les puede ser asignado un nombre y comprender hasta 256 integrantes.
Así las cosas, señaló la entidad, uno de los mecanismos idóneos para estar en constante comunicación y contacto con la oficina durante el trabajo en casa y aún en el trabajo presencial son los grupos de WhatsApp creados por los jefes inmediatos precisamente para impartir instrucciones de tipo laboral.
En cumplimiento de sus obligaciones, es necesario que los funcionarios estén conectados a la oficina, dentro de los horarios laborales y en los medios que el jefe inmediato o la entidad establezcan para ello, de manera que si Whatsapp fue la aplicación escogida se pueden crear grupos desde números particulares con el fin de que sea el medio de comunicación y contacto, así como el modo de dar ciertas órdenes de rápido cumplimiento.
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