Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


'Ley Ángel' fortalecerá la lucha contra el maltrato animal

A partir de esta norma, los condenados por maltrato no podrán tener animales por ningún medio legal.
232996
Imagen
perro-guia-mascotabigstock.jpg

23 de Abril de 2025

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

La 'Ley Ángel' fue sancionada con el propósito de fortalecer la lucha contra el maltrato animal en Colombia, mediante herramientas normativas que garanticen la prevención, la investigación y la sanción de actos violentos contra animales. Esta nueva normativa incorpora reformas al Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989), con el fin de actualizar las formas de protección e incluir acciones integrales de educación ciudadana y atención efectiva frente a estas conductas.

Una de las principales disposiciones es la prohibición de adquirir o tener animales por parte de personas condenadas por maltrato. Esta restricción aplica a cualquier tipo de especie y se extiende a todos los mecanismos legales de adquisición, como compra, adopción, donación, permuta, sucesión testamentaria u otros actos jurídicos. (Lea: Animales de compañía son inembargables)

Se establecen penas más severas para quienes causen la muerte a un animal doméstico, silvestre, exótico o amansado. Las sanciones incluyen prisión de entre 32 y 56 meses, inhabilitación especial de hasta cinco años para ejercer actividades relacionadas con animales, prohibición de tenencia de animales y una multa de entre 30 y 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Además, la normativa contempla agravantes para ciertas circunstancias, lo que permitirá aumentar las penas hasta en un 75 %. Entre estas se incluyen los actos cometidos con sevicia, en sitios públicos, utilizando menores o inimputables o aquellos que involucren difusión por redes sociales o medios de comunicación. También se agrava la pena si el maltrato deja daños permanentes, implica fines económicos o se comete como represalia hacia los propietarios de los animales.

No obstante, la ley aclara que las prácticas de manejo animal consideradas legales siguen exceptuadas de sanción. Estas incluyen las destinadas al cuidado, reproducción, adiestramiento, mantenimiento o procesamiento con fines alimenticios, así como el entrenamiento para competencias reguladas. 

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el documento soporte de esta noticia en el menú superior. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)