La imposibilidad de materializar los fines de la pena en el sistema penal colombiano
Es necesario que el Estado colombiano reestructure su enfoque de la pena, centrándose más en la rehabilitación.
14 de Abril de 2025
Roberto Cruz Palmera
Profesor de Derecho Penal de la Universidad de Valladolid (España)
Contacto: rcruz@uva.es
El artículo 4º del Código Penal establece una visión integral y pluralista de la pena, en la que se busca cumplir con cinco funciones fundamentales: prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado. A pesar de que estos fines son los pilares del sistema penal colombiano, la realidad demuestra que existe una brecha significativa entre la teoría y la práctica.
Retomando a la cuestión global, bien es sabido que la pena no cumple con estos objetivos de manera efectiva, lo que lleva a cuestionamientos sobre la eficacia y la justicia de nuestro sistema punitivo.
La prevención general tiene como objetivo disuadir a la sociedad de cometer delitos, al mostrar las consecuencias punitivas de las conductas delictivas. Sin embargo, la realidad es que la pena en Colombia rara vez cumple este propósito de forma efectiva. Los estudios han demostrado que, aunque la presencia de sanciones severas puede generar temor, no siempre resulta en una disuasión real. La violencia y el crimen persisten, en gran medida, debido a factores sociales, económicos y culturales que no pueden ser resueltos únicamente mediante la aplicación de penas. Además, el sistema de justicia penal colombiano enfrenta enormes retos en cuanto a la ineficiencia y la desconfianza que genera entre la ciudadanía, lo que lleva a una falta de credibilidad en las medidas punitivas como un mecanismo de prevención.
La retribución justa, uno de los fines más discutidos en la teoría penal, plantea que la pena debe ser proporcional al crimen cometido, como una forma de compensar el daño causado a la víctima y a la sociedad. Sin embargo, en Colombia, la aplicación de la retribución justa a menudo se ve entorpecida por la sobrepoblación carcelaria, la inequidad en la administración de justicia y la falta de recursos adecuados para evaluar de manera equitativa la magnitud de cada delito. En lugar de un sistema que se enfoque en la proporción justa de la pena, muchos condenados experimentan un sistema penal que no toma en cuenta las circunstancias individuales ni la capacidad de rehabilitación del sujeto, lo que desvirtúa la idea de una retribución justa.
La prevención especial tiene como fin evitar la reincidencia en el delito por parte del condenado. El sistema penal colombiano establece la pena como una forma de corrección y rehabilitación, pero la falta de programas efectivos de rehabilitación, la escasa infraestructura penitenciaria y las condiciones inhumanas de los centros de reclusión dificultan enormemente la posibilidad de lograr este objetivo. En lugar de ofrecer espacios de reinserción social, el sistema penitenciario colombiano a menudo se convierte en un centro de castigo y exclusión, donde los reclusos tienen pocas oportunidades de adquirir las herramientas necesarias para reincorporarse adecuadamente a la sociedad. Esto genera un círculo vicioso de recidiva que va en contra de los fines de la prevención especial.
El fin de la reinserción social de los condenados debería ser el principal motor del sistema penal, permitiendo que los individuos cumplan con su pena, pero luego puedan reinsertarse en la sociedad de manera productiva y respetuosa de la ley. Sin embargo, la realidad en Colombia es que las condiciones de las cárceles y la falta de apoyo pospenitenciario dificultan la integración de los exconvictos. La estigmatización social y la falta de programas adecuados de empleo y formación contribuyen a que muchos reclusos, una vez liberados, caigan nuevamente en la delincuencia. El sistema penal colombiano, en este sentido, no proporciona los medios necesarios para lograr una rehabilitación efectiva, lo que impide que se materialice uno de los fines más importantes de la pena. Por último, el fin de protección al condenado tiene como propósito garantizar los derechos fundamentales de la persona privada de libertad, asegurando que la pena no sea una forma de abuso o crueldad. En este aspecto, la realidad carcelaria en Colombia dista mucho de lo que se establece en la ley. La sobrepoblación carcelaria, la falta de infraestructura y las condiciones inhumanas en las que viven miles de reclusos son una violación flagrante de los derechos humanos. La violencia, las enfermedades y la falta de acceso a servicios básicos son algunos de los problemas que enfrentan los condenados, lo que convierte el sistema penitenciario en una forma de castigo adicional que vulnera los derechos fundamentales de los individuos.
Es evidente que, en el sistema penal colombiano, los fines de la pena establecidos en el artículo 4º no se materializan de manera efectiva. Si bien estos fines son loables en teoría, la realidad del sistema de justicia penal, con sus fallas estructurales, desigualdades y limitaciones de recursos, hace imposible cumplir con estos objetivos de manera adecuada. La sobrepoblación carcelaria, la falta de programas de rehabilitación, la exclusión social de los exconvictos y la violación de derechos humanos en las cárceles evidencian la necesidad urgente de una reforma integral al sistema penitenciario y penal. Es necesario que el Estado colombiano reestructure su enfoque de la pena, centrándose más en la rehabilitación, reintegración social y la garantía de derechos fundamentales para los condenados. Solo así se podrá garantizar que los fines de la pena sean no solo un principio teórico, sino una realidad tangible, que contribuya a una sociedad más justa, más segura y verdaderamente rehabilitadora.
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