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Condenan a exmagistrados de tribunal por beneficiar a personas privadas de la libertad

Su amplia experiencia laboral les permitía conocer el manejo de acciones de tutela y procesos penales.
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Excluido de la profesión abogado que no entregó dinero a cliente que falleció esperando sus recursos (Freepik)

27 de Marzo de 2025

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 10 años de cárcel, multas de más de 300 salarios mínimos legales e inhabilitación intemporal para el ejercicio de derechos y funciones públicas a tres exmagistrados del Tribunal de Villavicencio por adoptar decisiones contrarias a la ley para beneficiar a personas privadas de la libertad.

En el proceso se documentan varios casos en los que los exmagistrados cuestionados habrían incurrido en varios delitos favoreciendo a diferentes personas con prisión domiciliaria. En otro de los casos se habría dilatado intencionalmente la decisión sobre una apelación de una condena con el fin de que se diera el vencimiento de términos y la posterior libertad de una persona privada de la libertad.

En cuanto al prevaricato por acción, el alto tribunal señaló que su comisión puede darse no solo por adoptar decisiones manifiestamente contrarias a le ley, sino también por soslayar los precedentes de las altas corporaciones y órganos de cierre de la jurisdicción. Es un delito de mera conducta, por lo tanto, basta con que se profiera una resolución, concepto o dictamen manifiestamente contrario a la ley, aunque no se presente su ejecutoria o cumplimiento.

Las conductas reprochadas y las circunstancias en las que fueron llevadas a cabo pusieron en entredicho el principio de legalidad y la transparencia de la administración de justicia, elementos que conocían los cuestionados por su amplia experiencia laboral, pues previo a ser nombrados como magistrados ejercieron como jueces, lo cual les permitía tener conocimiento sobre el manejo de acciones de tutela y procesos penales (Ariel Augusto Torres Rojas).

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