Término de garantía del calzado es de dos meses (4:35 p.m)
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09 de Agosto de 2017
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Además de precisar que está vigente la Circular Externa 18 del 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio indicó que, de acuerdo con el artículo 1.2.9 de la misma, sobre término de la garantía mínima para productos no perecederos, el término específico de garantía para el calzado es de dos meses, contados a partir de la fecha de entrega del producto al comprador original, sin detrimento de la facultad que tienen los productores y proveedores de bienes y servicios de informar al consumidor un término de garantía diferente.
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