Administradores deben disponer de licencias y documentos que confirmen el cumplimiento de normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor (3:45 p.m.)
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10 de Junio de 2011
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De acuerdo con lo previsto en la Ley 603 del 2000 y la Circular Externa 2 del 2010, es obligación de los administradores informar sobre el cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor y estar dispuestos a la solicitud de licencias o documentos que confirmen las aseveraciones hechas en sus respectivos informes de gestión, en desarrollo de las visitas e investigaciones administrativas que decrete la Superintendencia de Sociedades. Así lo precisó la entidad, en reciente oficio.
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