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Sociedades que incumplan normas de implementación de las NIIF pueden ser objeto de sanciones (3:33 p.m.)

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26 de Marzo de 2014

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Las sociedades que no atiendan las disposiciones legales relacionadas con el proceso de convergencia a estándares internacionales de información financiera (NIIF), así como sus administradores, pueden ser objeto de sanciones, pues su contabilidad no se llevaría conforme a la normativa vigente y la técnica contable, precisó la Superintendencia de Sociedades. De acuerdo con lo previsto en el numeral 3° del artículo 19 del Código de Comercio, es deber de todos los comerciantes llevar contabilidad regular de sus negocios de acuerdo a las prescripciones legales, recordó la entidad. En el caso de las NIIF, tanto la Ley 1314 del 2009 como los decretos 2706 y 2784 del 2012 (modificados por los decretos 3019 y 3024 del 2013) y el Decreto 3022 del 2013, por lo cuales se definió el marco técnico de los grupos 3, 1 y 2, respectivamente, establecen el proceso de convergencia que atraviesa el país y las condiciones y términos que deben cumplir los preparadores.

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