Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Sociedad absorbente puede invocar como suya la experiencia de la sociedad absorbida

Para efectos de contratación, será discrecional de las contratantes aceptar o no la experiencia de las absorbidas para acreditarla como suya.
132868

20 de Septiembre de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

Teniendo en cuenta que a través de la fusión se integran el patrimonio y las empresas de las sociedades participantes, le es dable a la absorbente invocar como suya la experiencia de la sociedad absorbida, pues esta también forma parte del patrimonio de la absorbente o nueva sociedad.

No obstante, para efectos de procesos de contratación, aclaró la Superintendencia de Sociedades, será discrecional de las entidades contratantes aceptar o no respecto de una sociedad que se haya fusionado la experiencia de las absorbidas para acreditarla como suya, como igual lo será de la cámara de comercio para su inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP).

La anterior circunstancia se aparta de la viabilidad de donar, ceder o negociar, total o parcialmente, la experiencia, ya que esta no es un activo, definido como el conjunto de recursos económicos o bienes y derechos que posee una persona natural o jurídica y que son fuente potencial de beneficios, como es el caso de efectivo, inversiones, inventarios, bienes inmuebles, entre otros, rubro que, junto con la transferencia de los pasivos, es lo que determina el proceso de escisión.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)