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Actualizado hace 11 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Sancionan a Brunati con multas de más de $ 1.200 millones por información engañosa e incumplimientos de entregas

15 de Diciembre de 2022

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Bienes ofrecidos al consumidor deben ser seguros para el usuario, salvo circunstancias eximentes de responsabilidad (Freepik)

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Merek SAS y Pamiruti SAS, propietarias de Brunati, con multas que suman $ 1.250 millones, por conductas constitutivas de información engañosa, incumplimiento en tiempos de entrega y garantía legal, entre otras vulneraciones a los derechos de los consumidores.

La decisión se adoptó luego de analizar peticiones, quejas y reclamos en contra de una de las investigadas, así como denuncias allegadas a la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y visitas administrativas practicadas en redes sociales, donde se evidenció que la sociedad incumplió con los tiempos de entrega inicialmente informados en sus establecimientos, con múltiples reprogramaciones y esperas de hasta más de un año para obtener bienes o devoluciones de dinero.

Así mismo, del estudio de varias facturas de venta aportadas por las cuestionadas, se determinó que no se dio cabal cumplimiento a la garantía legal a la cual estaban obligadas, en virtud de lo previsto en el artículo 7 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11), pues se impuso una limitación frente a esta, de manera que solo pudieran acceder los consumidores que estaban en ciudades con puntos de venta físicos.

De la visita administrativa realizada a la página web https://brunaticasa.com/, se verificó que no se suministró a los consumidores información veraz, clara, suficiente, comprensible ni precisa con relación a los productos catalogados como de “entrega inmediata”, pues si bien varios se etiquetaron bajo esta categoría la entrega no se daba en el mismo instante de la compra, sino hasta quince días después.

En materia de comercio electrónico, se advirtió que una de las sociedades omitió informar lo relativo a tamaño, medidas, materiales, origen y peso de sus productos, los tiempos de entrega para ciudades diferentes a Bogotá, Cali y Medellín y las condiciones generales de los contratos que se pueden celebrar a través de la página web, además de la omisión de incorporar un enlace visible para ingresar a la página de la autoridad de protección al consumidor.

 

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