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Representante legal de la SAS puede disponer de los establecimientos de comercio (4:10 p.m)

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16 de Agosto de 2017

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El representante legal de la sociedad por acciones simplificada está facultado para ejercer todos los actos y celebrar todos los contratos a que haya lugar, en desarrollo del objeto social, lo cual implica que, salvo estipulación en contrario, le corresponderá disponer, entre otros, de los establecimientos de comercio de la sociedad, indicó la Superintendencia de Sociedades. De otra parte, señaló que si lo estatutos no lo han previsto los socios no pueden, por regla general, convocar directamente, salvo que se trate de decidir sobre la acción social de responsabilidad de que trata el artículo 25 de la Ley 222 de 1995, actuación que se dirige contra el administrador o administradores que con su conducta violatoria de la ley y/o de los estatutos ha causado perjuicios a la sociedad, a los socios y/o a terceros y que, indiscutiblemente, conlleva la remoción del cargo que ocupa el o los administradores contra quienes se ejerce.    

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