Páramo de Santurbán: impacto ambiental y mediación
07 de Junio de 2022
Gustavo Andrés Piedrahita
Director del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá
En el 2017, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-361 del 2017, solicitó al Ministerio de Ambiente delimitar, nuevamente, la región del páramo de Santurbán, debido al descontento de las comunidades con la decisión. De la lectura de la sentencia se sigue que la primera delimitación no tuvo en cuenta la participación de la población y, a la par, se desconocieron aspectos biofísicos y ambientales al momento de diferenciar entre los terrenos que son aptos para vivienda y explotación agrícola y aquellos que deben permanecer bajo protección, por sus características naturales.
La Corte atendió la petición de la población y sustentó parte de su decisión en el concepto técnico del Instituto Alexander von Humboldt, en el que se pide a las autoridades ambientales incluir aspectos económicos, sociales y ambientales en la delimitación territorial.
Las comunidades que han solicitado la intervención de la mediación se sitúan en los límites entre los departamentos de Santander y Norte de Santander e involucran los municipios de Vetas, Suratá y Tona (corregimiento de Berlín).
La región del páramo de Santurbán cuenta con un índice significativo de población y una geografía variada, pues confluyen parques naturales, lagunas y ecosistemas de bosque andino. La sumatoria de entornos naturales diversos y comunidades hace que la delimitación del territorio sea una situación compleja en la que se discuten intereses económicos y ambientales de cada una de las partes involucradas.
En su decisión, la Corte Constitucional, además, solicitó a las autoridades diseñar una estrategia integral en la que participara la comunidad y se generaran soluciones concretas para estructurar actividades económicas que mediaran entre el sostenimiento económico y el impacto ambiental.
Activación del mecanismo
Durante el segundo semestre del 2021, el Ministerio de Ambiente solicitó al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá activar el mecanismo de mediación para lograr un acuerdo equitativo entre todas las partes que se verían afectadas con la delimitación y el uso de los terrenos del páramo de Santurbán.
La razón por la que se acudió a este mecanismo es porque la mediación permite que una persona externa al conflicto –pero experta en negociación– intervenga de forma activa y propositiva en la resolución de las controversias. Lejos de ser un proceso adversarial, la mediación busca comprender la situación más allá de los límites legales y se da a la tarea de proponer soluciones en contexto. Un equipo de mediadores expertos adscritos a la Cámara de Comercio de Bogotá estuvo liderando durante meses numerosos encuentros con las comunidades y, además, los negociadores se adentraron en el territorio del páramo de Santurbán para realizar inspecciones y comprender de primera mano las peticiones de cada una de las partes.
Los resultados a los que se llega a través de la mediación no son decisiones que polaricen a las partes entre vencedores y vencidos. Se trata más de un documento que recoge los acuerdos concertados por las partes, sus soluciones y obligaciones.
Acuerdos
El caso del páramo de Santurbán es un proceso escalonado y los habitantes del municipio de Vetas (Santander) ya lograron un primer acuerdo, gracias a la mediación que se ha venido desarrollando. Se espera que este ejercicio se replique en los municipios restantes y así atender las necesidades de todos los pobladores e instituciones.
Lo sucedido en el páramo de Santurbán es un ejemplo de cómo los mecanismos de resolución de conflictos, como la mediación, ofrecen opciones para que las comunidades e instituciones afronten sus controversias a partir del diálogo, la escucha y la negociación. Prácticas como trasladarse al territorio marcan la diferencia en relación con un sistema de justicia tradicional. Cuando es el negociador o los negociadores quienes acuden a los lugares en los que se originó el conflicto, las partes perciben que sus asuntos no son un proceso más, sino que, por el contrario, notan el despliegue de estrategias dirigidas de forma especial a la atención y la resolución de sus problemas.
Los mecanismos de resolución de conflictos, de nuevo, muestran las diferentes estrategias con las que cuentan para atender la conflictividad del país en cada una de sus regiones.
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