Niegan suspensión provisional de resolución que establece requisitos para implementar sistema de prevención de lavado de activos (8:00 a.m.)
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29 de Julio de 2016
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La Sección Primera del Consejo de Estado negó la suspensión provisional de los efectos de la Resolución 260 del 2013, por medio de la cual se establecen los requisitos para la adopción e implementación del Sistema de Prevención y Control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SIPLAFT-, así como de aquellas que la adicionaron, expedidas por Coljuegos. La ponente consideró que la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar –COLJUEGOS- sí tiene competencia para expedir el reglamento contenido en la resolución acusada, de conformidad con la función consagrada en el numeral 8º del artículo 5º del Decreto 4142 del 2011, según la cual tiene la potestad de coordinar y apoyar a las entidades o autoridades competentes en las acciones de control de la ilegalidad que sean de su competencia (C. P. María Elizabeth García).
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