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Utilidades y dividendos se relacionan, pero no se asimilan (2:42 p.m.)

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25 de Junio de 2012

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A pesar de la estrecha relación que existe entre utilidades y dividendos, cada cual guarda su definición aparte. Mientras las primeras no requieren la existencia de los segundos, estos sí requieren de aquellas. Por lo tanto, aun habiendo ganancias o utilidades en un ejercicio social, no necesariamente deben haber dividendos, bien porque el máximo órgano social determina la no repartición o porque por disposición legal no pueden repartirse, como en el caso de absorción de pérdidas, señaló la Superintendencia de Sociedades. Los dividendos son la proporción de las utilidades líquidas que, una vez efectuadas las deducciones correspondientes al pago de impuestos, enjuague de pérdidas de ejercicios anteriores y retención de reservas sociales, son divididas entre el número de cuotas o de acciones suscritas. Por su parte, las utilidades se refieren a la diferencia positiva entre ingresos y gastos o ganancia efectivamente alcanzada en cada ejercicio, recordó la entidad.

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