Silencio de aseguradora frente a reclamación sobre honorarios y gastos genera su aprobación (10:19 a.m.)
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23 de Febrero de 2018
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Al resolver un proceso sobre la ejecución de un contrato de seguros, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó que los asegurados deben requerir el pago de expensas que usaron para su defensa como lo son los costos, honorarios y gastos. Y precisó que las entidades aseguradoras deben pronunciarse al respecto dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la solicitud. Ello toda vez que el silencio frente a esa comunicación supone la aprobación de los mismos. Según el caso concreto, y conforme el contrato de pactado por las partes, la corporación indicó que la asunción de la obligación de pago de las expensas requeridas para la defensa de los asegurados por las entidades aseguradoras, sin duda, operó por la convención de las partes. Ello al disponerse que el silencio de la aseguradora, dentro de los 15 días siguientes a la reclamación, equivalía a su aceptación. Lo anterior puesto que así quedó pactado y escrito dentro del negocio jurídico (M. P. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo).
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