Mercantil
Revisor fiscal no puede asesorar en otros asuntos a la misma compañía en la que presta sus servicios
Esa actuación podría dar lugar al inicio de una investigación disciplinaria ante la Junta Central de Contadores.04 de Febrero de 2014
El revisor fiscal, sea persona natural o jurídica, no puede asesorar en otros asuntos profesionales a la misma compañía en la que presta sus servicios, durante el respectivo periodo, advirtió la Superintendencia de Sociedades.
Esa actuación, además de generar un conflicto de intereses y vulnerar los principios de imparcialidad y objetividad, podría dar lugar al inicio de una investigación disciplinaria ante la Junta Central de Contadores (JCC), por la presunta violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, precisó la entidad.
La Circular 33 de 1999 de la JCC señala que permitir esta dualidad de funciones vulnera el principio de independencia e integridad que deben observar los contadores públicos para el cabal cumplimiento de sus funciones.
Así mismo, el Consejo de Estado, en sentencia del 9 de mayo del 2002, manifestó que cuando una persona natural o jurídica ha prestado sus servicios contables de auditoría, contabilidad por outsourcing o asesoría tributaria, entre otros, debe rehusarse a aceptar la designación como revisor fiscal, por lo menos durante los seis meses siguientes a la fecha de cesación de funciones.
El concepto obedeció a una consulta de un contador público y abogado que presta sus servicios como revisor fiscal a una compañía sobre la posibilidad de prestarle también servicios legales.
(Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-143253, oct. 18/13)
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