Modifican modelo de gestión de procesos de insolvencia e intervención de la Supersociedades
20 de Junio de 2018
El Ministerio de Comercio actualizó algunos aspectos relacionados con el modelo de gestión de los procesos de insolvencia e intervención que se adelantan ante la Superintendencia de Sociedades, para hacerlos más eficientes y garantizar de mejor manera los derechos de los distintos sujetos involucrados. (Lea: Liquidador tiene facultades para conciliar)
Igualmente, adaptó diversas actuaciones de la superintendencia, como juez de insolvencia e intervención, a las disposiciones del Código General del Proceso relacionadas con la gestión de expedientes, la procedencia y trámite de incidentes y el ejercicio de algunos deberes de lealtad procesal que, dado el número de sujetos que intervienen en el proceso, requieren de una lectura especial en los procesos concursales.
Por otra parte, el ministerio regularizó los flujos de información en los procesos y concentró las actuaciones de los auxiliares de la justicia. (Lea: Una sola deuda con un banco no permite a personas naturales no comerciantes acogerse a proceso de insolvencia)
Este decreto rige a partir de los dos meses siguientes a la fecha de su publicación y deroga los numerales 4º y 5º del artículo 2.2.2.11.2.5.4 del Decreto 1074 del 2015.
Para la entrada en vigencia de las disposiciones se aplicará, en lo pertinente, lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 153 de 1887, modificado por el artículo 624 del Código General del Proceso.
Mincomercio, Decreto 991, Jun. 12/18.
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