26 de Diciembre de 2024 /
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Minminas reglamentó registro de comunidades energéticas

25 de Noviembre de 2024

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Niegan tutela que buscaba suspender la construcción de una torre de energía (Freepik)

El Ministerio de Minas y Energía emitió una resolución que reglamenta el registro de comunidades energéticas (RCE), establecido por el Decreto 2236 del 2023. Será administrado por la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio y su objetivo es organizar y regular las comunidades energéticas que operan dentro del sistema interconectado nacional (SIN) y en las zonas no interconectadas (ZNI). La normativa abarca tanto a las comunidades energéticas nuevas como a aquellas que ya están operando bajo los términos establecidos por el decreto.

La resolución aplicará a todas las comunidades energéticas que se registren en el RCE y a los operadores de red que estén vinculados a las zonas de distribución, ya sea en el SIN o en ZNI. En el marco de este registro, se establece que las comunidades energéticas deberán presentar una serie de documentos y datos esenciales para su inscripción. Entre la información requerida se encuentra un contrato o convenio asociativo que defina el propósito, objetivo y los miembros de la comunidad, además de un reporte detallado sobre la actividad social, económica y productiva, cuando corresponda. (Lea: Gobierno reactivó exportaciones de energía eléctrica)

Uno de los requisitos fundamentales para el registro es la presentación de un certificado que acredite la capacidad instalada o nominal de los generadores utilizados por la comunidad energética, especificando su potencia en kilovatios (kW). Si se trata de un sistema solar fotovoltaico, el reporte debe incluir la capacidad nominal de los inversores, medida en los bornes del inversor, conforme a las especificaciones del fabricante. Este certificado debe ser emitido por un profesional idóneo en la materia.

Además, las comunidades energéticas deben presentar un certificado del operador de red o distribuidor que confirme el trámite o la obtención del punto de conexión al sistema eléctrico, cuando sea aplicable. Igualmente, se requiere un certificado de soporte de puesta en marcha, que asegure que la instalación de la solución energética cumple con las normativas vigentes, como el reglamento técnico de instalaciones eléctricas (Retie). Estos documentos garantizan que las comunidades energéticas operen conforme a los estándares técnicos y legales establecidos por el Gobierno.

Dependiendo de la información suministrada, el Ministerio de Minas y Energía clasificará a las comunidades energéticas en dos categorías: iniciales o en operación. Las comunidades iniciales, que aún no han comenzado operaciones, tendrán un plazo de doce meses para completar su proceso de registro, el cual podrá ser extendido por un periodo adicional de seis meses. Si al final de este tiempo no se presenta toda la documentación requerida, la solicitud será automáticamente considerada desistida.

Por otro lado, las comunidades energéticas en operación deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en la resolución, y su registro será procesado sin la posibilidad de prórrogas adicionales.

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