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Mercantil


Ley de Hábeas Data no aplica a datos personales contenidos en redes sociales

La recolección, uso, circulación, almacenamiento o supresión de estos datos no se realiza en el territorio nacional.

Redacción Ámbito Jurídico

25 de Febrero de 2014

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Según el artículo 2° de la Ley de Hábeas Data (Ley  1581 del 2012), esta solo se aplica al tratamiento de datos personales efectuado en territorio colombiano o en caso de que el responsable establecido en el exterior se rija por la legislación interna, en virtud de tratados internacionales, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria).

 

La información registrada en redes sociales no encaja en el ámbito de aplicación de esa normativa, pues su recolección, uso, circulación, almacenamiento o supresión no se realiza en el territorio nacional, teniendo en cuenta que ellas no tienen domicilio en Colombia, precisó la entidad.

 

Si alguna persona considera que está siendo víctima de algún delito relativo a la violación a sus datos personales, como la suplantación en sitios web, debe interponer la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, advirtió la Superindustria.

 

(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 282833, ene. 15/14)

 

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